
Cuba no puede ni debe transitar hacia ninguna fórmula de asociación, tutela o estatus político condicionado que limite su soberanía.
Este análisis responde a una interpretación jurídica específica sobre la continuidad del Estado cubano y no pretende limitar el debate político, sino aportar claridad desde el derecho.
Cualquier esquema que subordine el poder constituyente cubano a una autoridad externa —aunque se presente como transitorio o protector— rompe la continuidad jurídica de la República y crea un vacío de legitimidad ante el derecho internacional.
La crisis cubana no es una crisis de capacidad administrativa.
Es una ruptura absoluta del orden constitucional.
Por tanto, la solución no puede ser la creación de un nuevo estatus político, sino la restauración del Estado legítimo.
La República de Cuba existe jurídicamente; lo que ha sido usurpado es el ejercicio del poder.
Aceptar una fórmula de asociación equivaldría a admitir que Cuba ha dejado de ser sujeto pleno de derecho internacional, cuando en realidad lo que existe es un régimen ilegítimo ocupando el poder.
Esa confusión debilita cualquier reclamo de reconocimiento, fragmenta a la oposición y abre la puerta a soluciones impuestas desde fuera.
La única vía jurídicamente coherente y políticamente responsable es la restauración de la República mediante un Gobierno de Transición con legitimidad histórica, autoridad soberana plena y mandato limitado, orientado exclusivamente a restablecer el orden constitucional, garantizar la seguridad y convocar elecciones libres.
Cualquier otra alternativa posterga la libertad de Cuba y compromete su futuro como nación soberana.
Pastor Herrera Macuran
Horizonte Cubano – Análisis serio para el futuro de Cuba y el hemisferio.